¿Por qué es importante separar la política del dinero?
La democracia se funda en tres formas básicas de legitimidad del poder, a saber:
- -De origen, esto es que las autoridades sean elegidas en elecciones libres, transparentes y periódicas.
- -De ejercicio, o sea que las autoridades elegidas adopten las decisiones libremente, sin presiones.
- -De finalidades, vale decir procurar que las decisiones que se tomen apunten al bien común y a ampliar los derechos y libertades de los ciudadanos.
Cuando la relación entre dinero y política no es transparente, de alguna manera se vulnera esa legitimidad, afectando la calidad de nuestra democracia.
¿Qué posición ha tenido el senador Carlos Montes sobre la transparencia en las campañas electorales?
Carlos Montes ha venido insistiendo desde hace más de 10 años sobre la necesidad de mejorar nuestras leyes para favorecer la máxima transparencia y la separación absoluta entre el dinero y las funciones públicas.
Su postura ha sido una sola y muy clara: debe conocerse el origen y destino de cada peso gastado en campañas electorales. Sólo así aseguraremos que las decisiones de las autoridades estén alejadas de toda influencia indebida y de intereses propios o de terceros.
Por ello ha valorado y respaldado las propuestas tendientes a perfeccionar nuestra normativa sobre financiamiento de la política en el marco de la modificación del sistema binominal. Ver columna de opinión.
Principales planteamientos, propuestas y proyectos de ley presentados por Carlos Montes, como parlamentario sobre esta materia.
A continuación detallamos algunos de los planteamientos, intervenciones e iniciativas presentadas por el antes diputado y actualmente senador, Carlos Montes, a consideración del Parlamento en esta materia, que demuestran su compromiso permanente, desde hace ya largos años, con una política transparente y al servicio de los intereses de la gente:
a.- Discusión de la Ley Nº 19.884 Sobre transparencia, límite y control del Gasto Electoral. (Boletín 2745-06, del 4 de Julio de 2001)
Ver detalle de tramitación del proyecto y documentos.
Intervención. Legislatura 348, Sesión 80. Fecha 16 de mayo, 2003.
“Lo que no me parece posible de compartir es que esto no sea completa y plenamente transparente. No podemos aprobar un proyecto en el que no esté claro quién dona, cuánto dona, a quién le dona, cuánto recibe cada uno de los candidatos antes de la respectiva elección. Son cuestiones elementales de transparencia.”
Votación. Solicitó poder votar en forma separada las donaciones reservadas, con el objeto de rechazarlas y asegurar la transparencia en los aportes privados a las campañas. No prosperó esa solicitud por razones reglamentarias.
b.- Discusión de la Ley Nº 19.964. Modifica la Ley Nº 19.884, sobre transparencia, límite y control del Gasto Electoral. (Boletín 3599-06) (Legislatura 351ª, Sesión 18ª, en miércoles 21 de julio de 2004)
Ver detalle de tramitación del proyecto y documentos.
Contenido
- -Endosos de facturas.
- -Procedimientos de pago.
- -Reformulación concepto aportes reservados.
- -Financiamiento de institutos de estudio.
Votación. El diputado Montes se abstuvo, acusando un escaso avance en la transparencia.
c.- Discusión de la Ley N° 20.053. Modifica la Ley N° 19.884, sobre transparencia, límite y control del gasto electoral. (Boletín 3939-06)
Ver detalle de tramitación del proyecto y documentos.
Indicaciones:
Aprobada:
- -Carácter público de las rendiciones. Establece que las cuentas presentadas ante el Servicio Electoral serán públicas y que cualquier persona podrá obtener, a su costa, copia de ellas. Autores: la señora Caraball y los señores Aguiló, Burgos, Bustos y Montes. Aprobado por 4 votos a favor y 3 abstenciones.
Rechazadas:
- -Límite a gastos menores sin rendición detallada hasta por el 10% del límite total autorizado para el caso de los candidatos a alcalde o concejal y hasta por el 5% para el caso de candidatos a diputado, senador o Presidente de la República y los partidos políticos.
- -Fortalecimiento de la sanción por exceso de gasto. Además de multa se priva del derecho a recibir el aporte estatal.
- -Prohibición de aportes a campañas por parte de personas jurídicas.
- -Prohibición de aportes a campañas de personas naturales o jurídicas extranjeras.
- -Eliminación de normas que permiten, en ciertos casos, los aportes de empresas que reciba subvenciones o aportes del Estado o que se encuentren postulando a licitaciones del sector público.
- -Límite a los aportes reservados al 30% del total de gastos.
- -Presentación de presupuesto de campaña.
Intervención. Legislatura 353. Sesión 30. Fecha 16 de agosto de 2005.
“Somos críticos del límite de gasto. Es tremendamente alto y no guarda relación con los problemas de Chile ni con su nivel de desarrollo. Por eso, propusimos rebajarlo en el proyecto.
Somos críticos de la transparencia. No se sabe, por ejemplo, de dónde salieron los recursos para las candidaturas municipales. ¿Qué transparencia efectiva hubo? Asimismo, poco se sabe cómo efectivamente se gastan los recursos. El proyecto propone completa transparencia.
Hay donaciones anónimas. Una creación chilena, porque esta modalidad no existe en las legislaciones comparadas. Son un gran incentivo a la corrupción, porque es muy difícil investigar.”
d.- Discusión del Mensaje del Ejecutivo que Modifica la Ley Nº 19.884, sobre transparencia, límites y control de los gastos electorales, y establece normas contra la intervención electoral. Boletín 4724-06. En trámite.
Ver detalle de tramitación del proyecto y documentos.
Intervención. Legislatura 356, Sesión 57ª, martes 5 de agosto de 2008.
“¿Cuáles son los problemas principales?
En primer lugar, el límite de gastos sigue siendo muy elevado y, por lo tanto, hay que disminuirlo. Cuando se discutió el proyecto, se fundamentó sobre la tendencia de la realidad, pero no se intentó minimizar el rol que juega el dinero en las elecciones políticas, para dar más espacio al debate, al inter-cambio ciudadano y a las distintas visiones.
…En segundo lugar, como ya señalé, la transparencia es muy limitada. En definitiva, no se sabe de dónde salen los recursos. La ciudadanía lo ignora. Tampoco conoce en detalle cómo se gastan. Por lo tanto, es fundamental avanzar hacia una total transparencia en la materia.
…Un tercer problema de nuestro marco general dice relación con los débiles mecanismos de control y fiscalización. Aquí se rinde cuenta después de la elección, con un control burocrático débil, que el proyecto busca fortalecer, pero sin capacidad ciudadana de control ni de denuncia.
…En cuarto lugar, nos asiste la convicción de que las sanciones siguen siendo muy débiles. Algo se avanza en la iniciativa, pero las multas pueden ser tratadas como un costo más de campaña. Normalmente, quienes disponen de más recursos pueden estar sujetos a ciertas multas.
Se deben ampliar las sanciones, dependiendo de la envergadura de la transgresión legal. Por ejemplo, en determinadas condiciones, podría incorporarse la ausencia de subsidio público al candidato y al partido, el impedimento de postular nuevamente, la posibilidad de no poder asumir el cargo, en fin. Se deben precisar más las sanciones.
…En quinto lugar, es muy importante regular en un sentido amplio la intervención electoral, que puede ser, en primer término, pública, estatal. En ese aspecto se incorporan varias normas.”
Proyectos de ley presentados:
a.- Proyecto de Ley que Introduce sanciones a la transgresión del límite al gasto electoral. (Boletín 3476–06, del 31 de Marzo de 2004)
Autores: Jorge Burgos Varela, Francisco Encina Moriamez, Enrique Jaramillo Becker, Fernando Meza Moncada, Carlos Montes Cisternas, Waldo Mora Longa, Adriana Muñoz D’Albora, Edgardo Riveros Marín, Eduardo Saffirio Suárez.
Contenido.
- -Fortalece sanciones por exceso de gasto.
- -Prohíbe donaciones de personas jurídicas.
- -Termina con donaciones anónimas.
- -Limita aportes reservados al 30% del financiamiento.
- -Establece obligación de presupuesto y cuenta de campaña.
- -Regula “grupos de apoyo”. Terceros que contratan publicidad con sus propios recursos, sin incluirse en los balances de campaña.
b.- Proyecto de ley que establece prohibición para operadores de casinos de juegos de contribuir al financiamiento de campañas políticas. (Boletín 4645-06, del 02 de Nov. de 2006)
Autores: Marcelo Díaz Díaz, Francisco Encina Moriamez, Carolina Goic Boroevic, Tucapel Jiménez Fuentes, Pablo Lorenzini Basso, Fernando Meza Moncada, Carlos Montes Cisternas, Adriana Muñoz D’Albora, Gabriel Silber Romo, Samuel Venegas Rubio.
c.- Proyecto de ley que modifica la ley N° 19.884, estableciendo prohibición para que personas naturales o sociedades vinculadas al sector inmobiliario contribuyan al financiamiento de campañas políticas de carácter municipal. (Boletín 4647-06, del 07 de Nov. de 2006)
Autores: René Manuel García García, Rodrigo González Torres, Carlos Montes Cisternas, Carlos Olivares Zepeda, Clemira Pacheco Rivas, Iván Paredes Fierro, Gabriel Silber Romo, Germán Verdugo Soto, Ximena Vidal Lázaro.
d.- Proyecto de ley que prohíbe que personas naturales o sociedades vinculadas a la seguridad social, a la prestación de suministros domiciliarios y al sector financiero, hagan donaciones electorales. (4664-06, del 09 de Nov. de 2006)
Autores: Gabriel Ascencio Mansilla, Jorge Burgos Varela, Guillermo Ceroni Fuentes, Francisco Encina Moriamez, Alvaro Escobar Rufatt, René Manuel García García, Carlos Abel Jarpa Wevar, Pablo Lorenzini Basso, Carlos Montes Cisternas.
e.- Presenta proyecto de ley que modifica la ley N°19.884, con el objeto de asegurar la total transparencia en materia de gasto electoral y financiamiento de la actividad política. (Boletín 8283-06, del 08 de mayo de 2012)
Autores: Pepe Auth Stewart, Jorge Burgos Varela, Aldo Cornejo González, Ramón Farías Ponce, Carolina Goic Boroevic, Pablo Lorenzini Basso, Carlos Montes Cisternas, Alberto Robles Pantoja, Marcelo Schilling Rodríguez, Alejandra Sepúlveda Orbenes.
Contenido:
- -Asegurar una total transparencia en el financiamiento de las campañas y la actividad política. Los chilenos deben conocer el origen de cada peso gastado en una campaña electoral. Toda donación deberá ser pública e incorporada en un registro.
- -Hasta un 10% del total y siempre que el aporte no exceda de 20 UF podrá entregarse directamente al encargado electoral del candidato, dejándose constancia del donante.
- -El restante 90% y cualquier donación que exceda las 20 UF deberá ser realizado a través del Servicio Electoral, dejándose, asimismo, constancia del nombre del donante y el monto.
- -Prohibir la donación de personas jurídicas a campañas electorales.
- -Establecer sanciones drásticas al gasto electoral excesivo. (pérdida del cargo)